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DIMASA ofrece un servicio post-venta rápido y ágil para garantizar la plena satisfacción de sus clientes de forma permanente. Con objetivo de dar este servicio, DIMASA ofrece a sus clientes apoyo técnico en las marcas que comercializa. Principales marcas: NEC, Sanyo, LG Profesional, BARCO, Crestron, Extron, RGB Spectrum, Sharp, NEC Displays, NEOKO, Space, Datavideo, Focus, Pioneer, QS-Tech, etc. Con la intención de seguir mejorando el servicio a nuestros clientes, y siguiendo los procesos de la normativa ISO, toda unidad que sea recibida por nuestro Servicio Técnico deberá disponer de un Número de Autorización de Retorno (R.M.A.) Este número debe ser solicitado telefónicamente antes de enviar el equipo a nuestro Servicio técnico. Los objetivos que se persiguen con el uso del RMA son los siguientes:
Recomendamos a nuestros clientes que cumplimenten y envíen las tarjetas de garantía, para así evitar en el futuro problemas con los periodos de cobertura de la garantía. Insistimos en las ventajas que le supone al usuario realizar estos tramites de forma normalizada |
Los envíos a nuestro Servicio Técnico deben seguir las normas siguientes: Los portes de envío hacia nuestro Servicio Técnico tienen que ser PAGADOS. Los portes de envío desde nuestro Servicio Técnico estarán sujetos a las siguientes condiciones 1.- En caso de existir avería y estar el equipo en Garantía, se enviará a DIMASA a Portes DEBIDOS y cualquier envío adicional para la reparación del equipo en garantía será a cargo de DIMASA. La devolución al cliente será a Portes PAGADOS 2.- En caso de existir avería, y estar el equipo fuera de Garantía se enviará a DIMASA a Portes PAGADOS y DIMASA lo devolverá al cliente a Portes DEBIDOS. 3.- En caso de existir avería y no ser aceptado el presupuesto por el cliente, este recibirá el cargo mínimo de disposición de servicio (mano de obra) de realizar el presupuesto y los Portes DEBIDOS. 4.- El usuario quedará obligado al pago por la elaboración del presupuesto sólo cuando habiéndolo solicitado, no fuera aceptado. Pasados los 90 días de la entrega del aparato para su reparación, sin que éste fuera retirado, se cobrará por cada día que exceda, en concepto de almacenaje y conservación, la cantidad de 1,00€ por unidad autónoma / 0,50€ por las demás. Se considerará que el propietario del material renuncia a la posesión del mismo por abandono (art. 460 del Código Civil) si no es retirado en el plazo de un año desde su entrada en el taller (art. 1968/1 del Código Civil). Asimismo, el Servicio Técnico retendrá el material hasta tanto se haya efectuado el pago del valor de la reparación y de los gastos de almacenaje y conservación si los hubiera (art. 1600 del Código Civil). Esta reparación está garantizada en el plazo de tres meses si se produce la misma avería. * En caso de que la unidad haya sido manipulada, DIMASA se reserva la posibilidad de rechazar la reparación de la misma en Garantía. * Como siempre DIMASA ofrece a sus clientes su garantía especial y su servicio de línea de ayuda telefónica. (902.466.666) |